GARANTIAS Y DEVOLUCIONES
Según establece esta legislación la garantía de los bienes nuevos es de dos años y en el caso de los bienes de segunda mano puede limitarse a un año. En ese plazo no computa el tiempo que el artículo esté en reparación o el tiempo que estén tardando en sustituirlo por otro bien. En todo caso la acción para reclamar la garantía es de 3 años.
Si se manifiestan defectos o cualquier otra falta de conformidad con la compra durante los 6 primeros meses, el defecto se supone de origen. Pasado ese tiempo, si el establecimiento no colabora en ofrecerle esa garantía, es usted quien debe probar que el defecto es de origen.
La prueba:
Los plazos referidos cuentan desde la fecha de entrega del producto que se supone coincide con la fecha de factura, ticket o albarán. Por ello, dispone la ley que para hacer valer la garantía de un producto basta aportar el justificante de compra, que bien puede ser una factura o factura simplificada.
El establecimiento no le va a entregar un documento de garantía sellado, ni es necesario que usted lo tenga para hacer valer sus derechos.
Recuerde que conforme a la normativa fiscal los establecimientos están obligados a la emisión de factura permitiéndose la factura simplificada en caso de comercio al por menor, ventas al domicilio del consumidor , trasporte personas , establecimientos hoteleros y hostelería , el consumidor debe solicitar la factura en el mismo momento de adquisición del producto o prestación del servicio.
La garantía se concreta en los siguientes Requisitos:
En un primer momento usted tiene derecho a optar por la reparación o la sustitución del bien; no obstante el establecimiento vendedor podrá escoger la opción que le resulte menos onerosa y siempre que el resultado sea satisfactorio para usted. En caso de reparación, ésta debe cubrir la reparación de todos los defectos de fabricación, la mano de obra, los desplazamientos, los partes y los materiales.
Si tras la reparación se manifiesta de nuevo el defecto, usted puede optar por la sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato. Todo ello debe realizarse en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para usted. También hay que tener en cuenta que cualquiera de estas opciones debe ser razonable desde un punto de vista económico, teniendo en cuenta la envergadura del defecto y los costes de reparación; con ello se pretende evitar el enriquecimiento injusto del cliente.
Una vez admitida la resolución del contrato, en caso de devolución del dinero la entidad debe hacer el reintegro en 14 días contados desde la solicitud, de acuerdo a lo dispuesto en el RD 1/2007, por lo que el establecimiento no debe diferir mucho más la devolución excusándose en plazos más amplios.
Hay que tener en cuenta que las diferentes prestaciones o reparaciones que están incluidas en la garantía de un producto no se van a realizar si el desperfecto se debe a un mal uso que el consumidor ha hecho del bien, en este caso la garantía no se lo cubrirá.
Además de la garantía legal, el establecimiento puede facilitarle la llamada garantía comercial. Esta garantía, en caso de existir, debe formalizarse por escrito, expresando necesariamente los siguientes datos: el bien sobre el que recaiga la garantía; el nombre y dirección del garante; que la garantía no afecta a los derechos legales del consumidor; los derechos del consumidor como titular de la garantía; el plazo de duración de la garantía y su alcance territorial y, por último, la vías de reclamación de que dispone el consumidor.
DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS
Fuera de la normativa que regula la garantía, usted solo tendría derecho a la devolución del dinero en dos casos:
El consumidor sólo soportará los costes de devolución de los bienes si el empresario ha aceptado asumirlos o no le ha informado de que le corresponde asumir esos costes. En tal caso, resuelta la venta deberían devolverle su dinero en 14 días.
Dispone usted de un plazo de 14 días naturales desde la recepción del producto para cambiar de opinión y resolver el contrato, sin gasto ni penalización alguna, siempre que devuelva el artículo sin menoscabo, aunque puede estar desembalado. Es recomendable comunicar ese desistimiento siendo comunicado y redactado por escrito de un modo fehaciente.
Existen excepciones al derecho de desistimiento. A modo de ejemplo:
1. La prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado.
2. Las compras realizadas en subastas públicas.
3. El suministro de bienes:
La empresa se reserva a todos los derechos.
Formas de pago aceptadas:
Ingreso o transferencia en La caixa
Tarjeta de crédito o débito